/ viernes 16 de agosto de 2024

El Colegio de Sonora / Sobrerrepresentación electoral

Juan Poom Medina, Profesor Investigador del Centro de Estudios en Gobierno y Asuntos Públicos de El Colegio de Sonora.

La asignación de las 200 curules de representación proporcional que la Constitución política y leyes electorales de México señalan deben distribuirse para conformar una nueva legislatura federal, hoy es el tema de la agenda político electoral. Se trata de un asunto que, en estos momentos, se ha convertido en un problema para el Instituto Nacional Electoral debido a las diversas interpretaciones que se están presentando en la todavía calurosa arena electoral.

Son dos caras del problema en cuestión. La primera, que la distribución se debe hacer por partido político tal como lo señalan las leyes. La segunda, que la distribución se debe realizar por coalición. Sin embargo, se dice que en este segundo caso pese a que se trata de un criterio que no está en la ley, que amerita una nueva interpretación, y pese a que en el pasado nunca se ha hecho una distribución por coalición, ahora se pide que así debe hacerse para evitar que el partido en el gobierno obtenga una gran mayoría.

Hay varios aspectos que, nosotros como ciudadanos atentos a las decisiones de los órganos electorales y tribunales podemos valorar sin caer en la tentación de asumir una de las dos posiciones. Una de ellas se refiere a los resultados complejos que genera la voluntad de los ciudadanos. En el pasado, con una cultura política parroquial que se reflejaba con la sumisión ciudadana a las formas políticas que desprendían de un sistema de partido hegemónico, la voluntad ciudadana solamente reflejaba el peso político del partido ganador. Hoy ya no es así, el estado de cosas ha cambiado desde un tiempo a la fecha gracias a que el ciudadano-elector se encuentra en el centro del proceso distribuyendo el poder político a las distintas opciones políticas.

Por otra parte, debe asumirse que efectivamente nuestro sistema electoral mixto con el que se eligen 300 escaños utilizando la fórmula de mayoría simple, y 200 de representación proporcional utilizando los mecanismos del método D´Hond (repartición de escaños en proporción al número de votos obtenidos), requiere de una revisión profunda para evitar en el futuro ejercicios de interpretación de acuerdo a la conveniencia de los partidos y no de los ciudadanos.

Por ejemplo, la gran paradoja en esta discusión, es que la figura de la representación proporcional tal como fue concebida en la reforma de 1977 para dar representación a grupos minoritarios ahora es la entrada para que los nombres de los líderes cupulares de los partidos político sean representantes de un pueblo que no los eligió.

Juan Poom Medina, Profesor Investigador del Centro de Estudios en Gobierno y Asuntos Públicos de El Colegio de Sonora.

La asignación de las 200 curules de representación proporcional que la Constitución política y leyes electorales de México señalan deben distribuirse para conformar una nueva legislatura federal, hoy es el tema de la agenda político electoral. Se trata de un asunto que, en estos momentos, se ha convertido en un problema para el Instituto Nacional Electoral debido a las diversas interpretaciones que se están presentando en la todavía calurosa arena electoral.

Son dos caras del problema en cuestión. La primera, que la distribución se debe hacer por partido político tal como lo señalan las leyes. La segunda, que la distribución se debe realizar por coalición. Sin embargo, se dice que en este segundo caso pese a que se trata de un criterio que no está en la ley, que amerita una nueva interpretación, y pese a que en el pasado nunca se ha hecho una distribución por coalición, ahora se pide que así debe hacerse para evitar que el partido en el gobierno obtenga una gran mayoría.

Hay varios aspectos que, nosotros como ciudadanos atentos a las decisiones de los órganos electorales y tribunales podemos valorar sin caer en la tentación de asumir una de las dos posiciones. Una de ellas se refiere a los resultados complejos que genera la voluntad de los ciudadanos. En el pasado, con una cultura política parroquial que se reflejaba con la sumisión ciudadana a las formas políticas que desprendían de un sistema de partido hegemónico, la voluntad ciudadana solamente reflejaba el peso político del partido ganador. Hoy ya no es así, el estado de cosas ha cambiado desde un tiempo a la fecha gracias a que el ciudadano-elector se encuentra en el centro del proceso distribuyendo el poder político a las distintas opciones políticas.

Por otra parte, debe asumirse que efectivamente nuestro sistema electoral mixto con el que se eligen 300 escaños utilizando la fórmula de mayoría simple, y 200 de representación proporcional utilizando los mecanismos del método D´Hond (repartición de escaños en proporción al número de votos obtenidos), requiere de una revisión profunda para evitar en el futuro ejercicios de interpretación de acuerdo a la conveniencia de los partidos y no de los ciudadanos.

Por ejemplo, la gran paradoja en esta discusión, es que la figura de la representación proporcional tal como fue concebida en la reforma de 1977 para dar representación a grupos minoritarios ahora es la entrada para que los nombres de los líderes cupulares de los partidos político sean representantes de un pueblo que no los eligió.