El mecanismo que los ciudadanos tenemos para lograr un gobierno que cumpla lo mejor posible con las necesidad de la sociedad son los comicios o elecciones donde podemos designar a aquellos ciudadanos que, con nuestra representación, deben hacer las leyes que nos gobiernan y a aquellos otros que deben cumplir y hacer cumplir dichas leyes.
Por ello es que los procesos electorales son tan importantes y por lo mismo no falta quienes quieran manipular ilegalmente los diferentes factores del proceso para ganar a la mala el derecho a legislar o el derecho a gobernarnos.
Esa manipulación fuera de la ley es a lo se conoce como delitos electorales, que según la ley, son acciones acciones u omisiones que lesionan o ponen en peligro el adecuado desarrollo de la función electoral y atentan contra las características del voto que es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible.
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Según la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, los delitos electorales tienen tres características principales: primero, son delitos que se persiguen de oficio, por lo que cualquier persona que conozca de alguno puede denunciarlo.
Segunda, no son delitos graves, o sea, quien lo comete puede pagar fianza y enfrentar su proceso en libertad, excepto cuando se trate del delito de uso de programas sociales con fines electorales, infracción que sí amerita prisión preventiva dictada por un juez.
Y tercera característica: son delitos dolosos, quienes los cometen tienen pleno conocimiento de que su conducta es ilícita y actúan con plena conciencia y voluntad de cometer el delito.
A continuación mencionaremos quienes pueden cometer delitos electorales y cuáles son algunos de estos, tipificados en la Ley General en Materia de Delitos Electorales:
Delitos electorales que pueden ser cometidos por cualquier persona
- Votar a sabiendas de que no se cumplen los requisitos de la ley;
- Votar más de una vez en una misma elección;
- Hacer proselitismo o presionar a los electores el día de la jornada electoral en el interior de las casillas;
- Recoger una o más credenciales para votar de los ciudadanos;
- Solicitar votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación;
- Solicitar evidencia del sentido del voto;
- Votar o pretender votar con una credencial para votar que pertenezca a otra persona;
- Transportar a los votantes el día de la jornada electoral;
- Interferir el traslado y entrega de los paquetes y documentos públicos electorales;
- Usurpar el carácter de funcionario de casilla;
- Utilizar bienes, fondos, servicios o beneficios relacionados con programas sociales para ejercer cualquier tipo de presión sobre el electorado para votar o abstenerse de votar por una o un candidato partido político o coalición;
- Alterar o participar en la alteración del Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores;
- Participar en la expedición ilícita de una o más credenciales para votar con fotografía;
- Alterar, falsificar, destruir, poseer, usar, adquirir, comercializar, suministrar o transmitir de manera ilegal archivos o datos de cualquier naturaleza relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Listado de Electores;
- Realizar, destinar, utilizar o recibir aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición, o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o con fondos o bienes que tengan un origen ilícito o en montos que rebasen los permitidos por la ley.
- Cometer violencia política contra las mujeres en razón de género.
Delitos electorales que pueden cometer los funcionarios electorales
- Alterar en cualquier forma, sustituir, destruir, comercializar o hacer un uso ilícito de documentos relativos al Registro Federal de Electores, Padrón Electoral o Lista de Electores;
- Abstenerse de cumplir, sin causa justificada, con las obligaciones de su cargo en perjuicio del proceso electoral;
- Obstruir el desarrollo normal de la votación sin causa justificada;
- Alterar los resultados electorales, sustraer o destruir las boletas, documentos, o materiales electorales;
- Instalar, abrir o cerrar una casilla fuera de los tiempos y formas previstos por la ley de la materia, instalarla en un lugar distinto al legalmente señalado, o impedir su instalación;
- Divulgar de manera pública y dolosa, noticias falsas en torno al desarrollo de la jornada electoral.
Delitos electorales que pueden ser cometidos por servidores públicos
- Coaccionar o amenazar a sus subordinados para que participen en eventos proselitistas de precampaña o campaña, para que voten o se abstengan de votar por un candidato, partido político o coalición;
- Proporcionar apoyo o prestar algún servicio a un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sea que lo haga por sí mismo o a través de sus subordinados en sus horarios laborales;
- Solicitar a sus subordinados, por cualquier medio, aportaciones de dinero o en especie para apoyar a un precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política;
- Abstenerse de entregar o negar, sin causa justificada, la información que le sea solicitada por la autoridad electoral competente relacionada con funciones de fiscalización;
- Usar o permitir, durante el proceso electoral, el uso de los recursos públicos, bienes, fondos, servicios, o beneficios relacionados con programas sociales con la finalidad de incidir en el electorado para posicionarse o posicionar ante el electorado a distinta o distinto servidor público, precandidato, aspirante a candidato independiente, candidato, partido político o coalición.
- Coaccionar o inducir o amenazar a sus subordinados para que voten o se abstengan de votar por una opción dentro de la consulta popular;
- Cometer violencia política contra las mujeres en razón de género.
Delitos electorales que pueden cometer los precandidatos, candidatos, funcionarios partidistas u organizadores de actos de campaña
- Aprovechar fondos, bienes o servicios ilegalmente para ser destinados, utilizados para el apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato;
- Realizar o distribuir propaganda electoral durante la jornada electoral;
- Ejercer presión o inducir a votar o abstenerse de votar;
- Solicitar votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación;
- Alterar los resultados electorales, sustraer o destruir las boletas, documentos, o materiales electorales.
Delitos que pueden cometer los ministros de culto religioso
- Presionar el sentido del voto;
- Inducir expresamente al electorado a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición.
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Finalmente, los fedatarios públicos (notarios o corredores públicos) pueden cometer delitos electorales cuando nieguen injustificadamente dar fe de hechos o certificar documentos concernientes a la elección.
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