El Servicio de Administración Tributaria dio a conocer en supágina oficial facilidades para realizar la declaración anual delas personas físicas.
TOMA NOTA...
*Quienes reciban un salario de hasta 20 mil pesos están exentosde presentar su declaración anual, si desean hacerlo puedenhacerlo en cualquier momento del año. *El uso de la e.firma (firmaelectrónica) sólo será necesario si tienes un saldo a favormayor a 10 mil pesos y menores a 50 mil pesos cuando cambies lacuenta clabe precargada en tu declaración anual.
*Se podrá presentar la declaración por teléfono cuando losingresos del contribuyente sean exclusivamente por salarios y tengaun saldo a favor igual o menor a 10 mil pesos.
Asimismo, presentó una nueva aplicación que estará disponiblelas 24 horas del día con las siguientes características:
-Una declaración prellenada con una propuesta de devoluciónpreautorizada, por lo que sólo tienes que revisar yenviar.
-La declaración tiene precargada la información deingresos, retenciones, pagos provisionales, deducciones personalesy deducciones autorizadas.
-En el caso de que haya saldo en contra, se generanautomáticamente las líneas de captura para el pago enparcialidades.
-Se puede habilitar el Buzón Tributario en ladeclaración para que el contribuyente dé seguimiento alproceso.
Cabe destacar, que la fecha límite para presentar ladeclaración anual es el 30 de abril y será en el en el BuzónTributario donde podrás revisar su estatus y adjuntar lainformación o las correcciones necesarias.
No olvides: las personas que no cumplan con su declaraciónpueden hacerse acreedoras de una multa que va desde el 20 hasta el100% de la contribución omitida.
/afa