La Política Pública de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos que entró en vigor el 1 de julio acumula 11 amparos de empresas que consideran que la nueva normatividad no les permite competir.
La nueva disposición establece que los comercializadores y distribuidores de gasolina, diésel y turbosina deben contar con un inventario mínimo equivalente a cinco días de venta para gasolina, tres para diésel y un día y medio en turbosina en los aeródromos.
El inventario estratégico busca atender cualquier emergencia social o un desastre natural.
En el listado de acuerdos del Consejo de la Judicatura Federal (CJF), el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, tiene en trámite amparos de empresas como: Grupo Comercial México, Combustibles del Bajio, Combustibles de Oriente, Nieto Energy Group que decidieron judicializar la norma de la Secretaría de Energía (Sener).
Los empresarios decidieron ampararse porque consideraron que la normativa que rige la política no es la que necesita el mercado de petrolíferos para aumentar la competencia.
Petróleos Mexicanos (Pemex) tiene actualmente 92 por ciento de la capacidad de almacenamiento de petrolíferos en el territorio nacional.
Te recomendamos el podcast ⬇️