Con una reforma a la Ley de Salud del Estado, Rosa Icela Martínez Espinoza busca establecer un marco normativo para la prevención de posibles afectaciones a la salud de los trabajadores.
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La diputada local señaló que en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como en la Ley Federal del Trabajo hay disposiciones generales.
Añadió que también existen en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo y las regulaciones específicas en las Normas Oficiales Mexicanas, pero en la legislación estatal no se contempla alguna.
“Mediante la propuesta que se presenta, se intenta llenar un vacío legal en lo que respecta al derecho de los trabajadores a contar con los implementos y equipo de protección personal con la que deben contar los trabajadores sonorenses”, expuso.
A pesar de esto, reconoció que los avances importantes que hay en materia de salud ocupacional por los esfuerzos de empresarios, organizaciones y entidades gubernamentales para cumplir con los requerimientos de protección de todos los trabajadores.
“Aun así, es necesario fortalecer la cultura de la prevención de afectaciones a la salud de las trabajadoras y los trabajadores sonorenses, mediante el reconocimiento expreso en la ley de estos derechos”, expresó.
Su iniciativa se basa en las Normas Oficiales Mexicanas, protección personal; selección, uso y manejo en los centros de trabajo, y establece un capítulo adicional a la Ley de Salud para el Estado de Sonora, denominado: Prevención y control de enfermedades y accidentes.
Explicó que una vez aprobada esta adición, será obligación del empleador proveer a cada trabajador su equipo de protección personal, ropa de trabajo, herramientas especiales y medios técnicos de protección colectiva necesarios conforme a la labor que realice, el cumplimiento de esta disposición en ningún caso implica carga financiera para el empleado.
Además, dijo que todo trabajador y trabajadora estará obligado a cumplir con los reglamentos, normas y recomendaciones técnicas dictadas, así como con las instrucciones del empleador adoptadas en el marco de la normativa aplicable.
Esto último es en lo que se refiere al uso y conservación del equipo de protección personal que le sea suministrado, a las operaciones y procesos de trabajo y al uso y mantenimiento de maquinaria, apuntó la legisladora.
Su propuesta tendrá que ser analizada y dictaminada, en su caso, en la Comisión de Asuntos del Trabajo y de Salud de forma unida.