El grupo parlamentario del Partido Acción Nacional (PAN) propone en el Congreso de Sonora un Decreto para establecer la figura del Veto Ciudadano para que la población intervenga en decisiones legislativas.
El diputado Eduardo Urbina Lucero presentó esta iniciativa con proyecto de Decreto que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de Participación Ciudadana para el Estado de Sonora y de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado.
Declaró que este Decreto busca generar una alternativa eficiente y de fácil acceso a la población para incidir en las decisiones legislativas, ya que solo se prevé en la Ley los procesos de consulta popular similares a los procesos electorales.
El Veto Ciudadano se concibe como un instrumento de democracia directa, con efectos vinculantes para las autoridades, mediante el cual los sonorenses podrán suspender la aplicación de disposiciones de la Constitución Local o de las leyes o decretos que apruebe el Congreso del Estado, detalló.
Una vez aplicado el Veto Ciudadano las iniciativas o propuestas serán nuevamente discutidas por el Poder Legislativo, pero tomando en consideración las observaciones formuladas en la solicitud de la población.
“Un ejemplo lo que sucedió en febrero del 2016 en Suiza, cuando una iniciativa que planteaba la expulsión automática de extranjeros por delitos menores fue sometida al referéndum constitucional obligatorio, los ciudadanos frenaron dicha iniciativa con un 58.9% de votos en contra”, destacó.
La propuesta del diputado Urbina Lucero fue turnada a la Comisión de Gobernación y Puntos Constitucionales para que sea analizada por sus integrantes y dictaminada para que sea discutida en el Pleno del Congreso Local.
- No podrán ser materia de Veto Ciudadano la creación, reforma, adición, derogación o abrogación de decretos, disposiciones legislativas o de la Constitución Local, relativas a cualquiera de los siguientes temas:
I.- Las modificaciones que se deban realizar en cumplimiento a mandatos judiciales o disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las Leyes
Generales o los Tratados Internacionales de los que México sea parte;
II.- La materia tributaria, fiscal, de egresos o ingresos;
III.- Las materias relacionadas con el régimen interno y de organización de la Administración
Pública Estatal, Municipal, del Congreso o del Poder Judicial del Estado de Sonora; y
IV.- Los demás que determinen las leyes.