Qué hacer si fallece un familiar que tiene un crédito con el Infonavit

Infonavit reiteró a sus derechohabientes que existe un esquema denominado "Seguro por Fallecimiento" con el que se puede afianzar la o las propiedades a familiares

Gil Reyes / El Sol de Hermosillo

  · martes 5 de marzo de 2024

Infonavit reiteró a sus derechohabientes que existe un esquema denominado "Seguro por Fallecimiento" con el que se puede afianzar la o las propiedades a familiares / Foto: Archivo | OEM

Dado a que la muerte es un suceso impredecible, el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) reiteró a sus derechohabientes que existe un esquema denominado "Seguro por Fallecimiento" con el que se puede afianzar la o las propiedades a familiares.

Representantes del organismo comunicaron que es necesario que los titulares de las cuentas informen a sus allegados sobre cualquier financiamiento o seguros que tengan activos para que en el momento que se requiera se tenga disponible esos datos y se sepa qué hacer.

Dicho seguro cubre el total de la deuda de quienes mueren, por lo que los familiares directos no tendrán que preocuparse por pagar los créditos.

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En caso de verse en una situación de ese tipo, los paso a seguir son: hablar al Infonatel (800 008 3900) para generar un número de caso bajo el concepto de autoseguro por defunción.

La persona que realice el trámite deberá proporcionar su nombre completo, un correo electrónico, un número telefónico y el Número de Seguridad Social (NSS) de la persona acreditada. Una vez que se haya obtenido el número de caso, se debe entrar a la página https://bit.ly/3PupLs3 para subir la siguiente documentación escaneada:

Representantes del organismo comunicaron que es necesario que los titulares de las cuentas informen a sus allegados sobre cualquier financiamiento o seguros que tengan activos / Foto: Cortesía | Pixabay

Identificación oficial (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte) y acta de defunción de la acreditada o acreditado. Si no se tiene una identificación oficial de la persona que falleció, se debe entregar un Acta por pérdida de documentos levantada ante el Ministerio Público.

Si la persona acreditada murió en el extranjero, el acta de defunción debe estar apostillada, también se ocupa una identificación oficial (INE/IFE, cédula profesional o pasaporte) y acta de nacimiento de la persona que realice el trámite.

Una vez solicitado el caso, se tiene un máximo de cinco días hábiles para subir los documentos, de lo contrario el caso se cancelará de manera automática.

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A partir de que se adjunten los documentos, se deberá llamar a Infonatel (800 008 3900) para solicitar una cita en el Centro de Servicio Infonavit (Cesi), además de llevar los documentos en original y copia que previamente fueron escaneados y cargados al portal y una cuenta de correo electrónico para que se pueda mantener informada a la persona, sobre el proceso.

Si el portal no permite adjuntar los documentos, se puede acudir al Centro de Servicio Infonavit (Cesi) más cercano, y entregar un acta de defunción e identificación oficial vigente de la persona acreditada, así como un acta de nacimiento e identificación oficial vigente de quien realiza el trámite.

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