Las recientes modificaciones a la Ley General para el Control de Tabaco en México, que entraron en vigor el pasado 15 de enero, causaron polémica, no sólo entre los consumidores, sino también en las tiendas de autoservicio, restaurantes y bares, ya que se reducen en gran medida los espacios para fumadores.
En ese sentido, un conocido restaurante-bar de Hermosillo, ubicado sobre el bulevar Navarrete, al poniente de la ciudad, interpuso un amparo contra el nuevo reglamento de la llamada ‘Ley antitabaco’ y, de acuerdo con información obtenida del portal web del Consejo de la Judicatura Federal, el pasado 30 de enero logró obtener una suspensión provisional.
Dicha medida fue concedida por el Juez Primero de Distrito en el Estado de Sonora, y es para el efecto de que las autoridades se abstengan de aplicar las medidas publicadas el día 16 de diciembre de 2022 y que entraron en vigor el día 15 de enero de 2023. Con ello, el establecimiento de alimentos y bebidas se convirtió en el primero, no sólo de la capital sonorense, sino del país, en lograr dicha suspensión.
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En este sentido, podrán tener espacios para fumadores, como lo habían tenido hasta antes de la publicación de la nueva ley antitabaco, que prohibe fumar en bares y restaurantes.
Recientemente una cantina de la Ciudad de México también logró obtener otra suspensión provisional a las medidas que establece el decreto de la Ley General para el Control de Tabaco en el país, por lo que suman dos establecimientos amparados.
¿Qué establecen los cambios en la Ley Antitabaco?
Cabe recordar que el pasado 15 de enero entraron en vigor las nuevas disposiciones de la llamada ‘Ley antitabaco’, que establecen la prohibición para fumar en lugares de trabajo, escuelas de todos los niveles (privadas y públicas), transporte público, además de hoteles, playas, centros de espectáculos, estadios, plazas comerciales, mercados, restaurantes y bares, entre otros.
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En el caso de estos últimos, la reforma establece que pueden mantener un porcentaje del lugar como área de fumadores, siempre y cuando esté a una distancia de al menos 10 metros de los comensales, sin embargo, no se puede ofrecer ningún servicio de alimentos o bebidas en dicho sitio.
Por otro lado, también se prohíbe la promoción y propaganda de cigarros de cualquier tipo, por lo que las tiendas de autoservicio y cualquier lugar con permiso para la venta de cigarros debe mantenerlos fuera de la vista del público.
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