SCJN acepta impugnación de Morena sobre Ley Veto de Sonora

El Sol de Hermosillo

  · miércoles 19 de septiembre de 2018

La Ministra de la Suprema Corte de Justicia de laNación (SCJN) Margarita Beatriz Luna Ramos, admitió a trámite laacción de inconstitucionalidad que promovió la presidencianacional del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena)para invalidar las reformas a la Constitución Política de Sonora,aprobadas el pasado 8 de agosto mediante la ley 288.

La demanda, promovida en contra de los poderesEjecutivo y Legislativo de Sonora, impugna los artículos 31 ycuarto de la Constitución Política de la entidad, que otorgannuevas facultades al Ejecutivo en materia de presupuesto y veto, yrestringen la representación legislativa de coaliciones ycandidaturas comunes, entre otras modificaciones.

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El artículo modificado señala que ningún partidopolítico, coalición o candidatura común podrá tener más de 21de los 33 diputados locales, sumando los electos por mayoríarelativa y los de representación proporcional.

No obstante, Morena tiene diez diputados, pero sualianza con los partidos del Trabajo y Encuentro Social suma otros11 legisladores, para llegar precisamente a los 21.

La Ministra instructora acordó dar vista a losPoderes Legislativo y Ejecutivo del Estado de Sonora, para querindan su informe dentro del plazo de seis días naturales,contados a partir del día siguiente al que surta efectos lanotificación del acuerdo y señalen domicilio para oír y recibirnotificaciones; apercibidos que, de no hacerlo, las subsecuentesderivadas de la tramitación.

También requirió al Poder Legislativo estatal,rendir el informe solicitado, enviar a la Corte copia certificadade los antecedentes de la norma impugnada, incluyendo lasiniciativas, los dictámenes de las Comisiones correspondientes,las actas de las sesiones en las que se hayan aprobado, y en lasque conste la votación de los integrantes de ese órganolegislativo, así como los diarios de debates.

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Acordó además dar vista a la Procuraduría Generalde la República con copia simple del escrito y anexos presentadosen la presente acción de inconstitucionalidad para que, antes delcierre de instrucción, formule el pedimento que lecorresponde.

Esto porque la PGR señala que la Constitución y laLey General de Instituciones y Procedimientos Electorales sólocontemplan el tope de representación para los partidos políticosindividuales, no para las coaliciones o candidaturas comunes, porlo que pidió a la Corte una interpretación conforme del precepto,para aclararlo sin anularlo, mientras que Morena pideeliminarlo.

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