El Tribunal Electoral del Poder Judicial dela Federación (TEPJF) rechazó la petición de Pedro Ferriz de Conde anular el proceso de recolección de firmas para su candidaturaindependiente, dando la razón al Instituto Nacional Electoral(INE).
La Sala Superior de este máximo órgano electoraldetalló que era necesario que Ferriz de Con acreditara lascircunstancias que alegó para demandar la nulidad de la etapa derecolección de apoyos ciudadanos.
Ante esto, el TEPJF validó la etapa de recolecciónde firmas para aspirantes a candidatos independientes y confirmóel acuerdo INE/CG151/2018 emitido por el Consejo General del INE,considerando ineficaces los argumentos de Pedro Ferriz, con loscuales demandó la nulidad de la etapa de captación de apoyociudadano para candidatos independientes.
Por unanimidad, las Magistradas y los Magistradosseñalaron que el aspirante a la candidatura independiente a laPresidencia de la República también presentó motivos ineficacespara acreditar que la aplicación específicamente diseñada pararecolectar apoyos ciudadanos permitió ingresar documentos y datosfalsos.
En su momento, la Magistrada presidenta, JanineOtálora, dijo que este asunto, en el proyecto no se hace unpronunciamiento sobre si el INE es o no competente para contestarpetición formulada por el ciudadano, sino que el tema es la maneraen la que la demanda y los motivos de inconformidad de la misma hansido planteadas, porque el actor no logra desvirtuar ladeclaración de competencia del INE, lo que impide a esta Salaentrar al fondo del tema.
Abundó que para poder hacerlo, “hubiera sidonecesario que el actor expusiera las razones por las que el INE sítenía facultades para anular etapa de apoyos ciudadanos”.
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